Abogados Posadas, Abogados en Posadas: Inconstitucionalidad, divorcio, audiencia de conciliación

Inconstitucionalidad, divorcio, audiencia de conciliación

DERECHO CONSTITUCIONAL, DERECHO CIVIL, DERECHO PROCESAL, inconstitucionalidad de la ley, divorcio vincular, audiencia de conciliación
Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 236 del Código Civil [1] y en consecuencia dejar sin efecto el llamado a la primera audiencia prevista para los casos de divorcio por presentación conjunta, pues la exposición de motivos que llevaron a los cónyuges a determinar su separación o divorcio pertenecen al ámbito privado de sus vidas y no corresponde la intromisión del estado en tal decisión, como así tampoco corresponde al estado obligar a las partes a reflexionar al respecto , es que , los nuevos perfiles constitucionales del derecho de familia, tales como el derecho a la libertad, la libertad de asociación y el respeto a la vida privada, imponen repensar la normativa existente a la luz de los criterios axiológicos.